Las goteras en edificios de viviendas generan muchas discusiones entre vecinos. La regla general es que la comunidad se ocupa de los elementos comunes y cada propietario de su piso, pero las terrazas de uso privativo que hacen de cubierta complican la respuesta.
Elementos comunes
Las cubiertas, fachadas, bajantes generales y estructura son elementos comunes. La Ley de Propiedad Horizontal obliga a la comunidad a realizar las obras necesarias para su adecuado sostenimiento y conservación, y estas obras no requieren un acuerdo previo de la junta para ser obligatorias, aunque sí debe aprobarse cómo se ejecutan y se reparten.
Terrazas de uso privativo que hacen de cubierta
Es el caso más discutido: la terraza de un ático que sirve de cubierta a los pisos inferiores. Con frecuencia se entiende que la impermeabilización, como parte de la cubierta, corresponde a la comunidad, mientras que el propietario que usa la terraza responde del pavimento y de los daños causados por un mal uso o por obras propias. Pero la solución concreta depende de los estatutos, del título constitutivo y del origen del daño.
Qué hacer si tienes una gotera
Para no perder tiempo ni derechos:
- •Comunícalo por escrito al presidente o al administrador, con fotos y fechas.
- •Si el daño viene de otro piso, avisa al vecino y a su seguro.
- •Consulta tu póliza de hogar y la del edificio.
- •Si no hay respuesta, pide asesoramiento a un abogado o a una asociación de consumidores.
Precios orientativos relacionados
Esta guía tiene carácter informativo y general. Cada caso requiere la valoración de un profesional; en cuestiones legales, fiscales o de seguros, consulta la normativa vigente o a un asesor.
