IVA de una impermeabilización: cuándo se aplica el 10 %

Actualizado en octubre de 2026 · 2 min de lectura

Edificio de viviendas con terrazas

Muchos presupuestos de impermeabilización en viviendas llevan IVA del 10 % en lugar del 21 %. No es un descuento comercial: es un tipo reducido previsto en la ley para obras de renovación y reparación de viviendas que cumplen ciertos requisitos.

Requisitos para el IVA reducido

La Ley del IVA (artículo 91.Uno.2.10.º de la Ley 37/1992) permite aplicar el 10 % a estas obras si se cumplen, en resumen, estas condiciones:

  • •Quien encarga la obra es una persona física que no actúa como empresario o profesional, o una comunidad de propietarios.
  • •La obra se hace en una vivienda destinada a uso particular, o en el edificio en el que se encuentra.
  • •La construcción o la última rehabilitación de la vivienda terminó al menos dos años antes del inicio de la obra.
  • •El coste de los materiales que aporta quien hace la obra no supera el 40 % de la base imponible.

Cuándo se aplica el 21 %

Si alguno de los requisitos no se cumple, se aplica el tipo general. Ocurre, por ejemplo, cuando el cliente es una empresa, cuando se trata de un local comercial o una nave, cuando la vivienda es de construcción reciente o cuando el material aportado por la empresa supera el 40 % de la base imponible, algo que puede pasar en trabajos con materiales caros y poca mano de obra.

En obras mixtas, como un edificio con locales y viviendas, la aplicación puede ser más compleja.

Qué documentación se suele pedir

La empresa puede pedir al cliente una declaración escrita en la que manifieste que se cumplen los requisitos. Guarda una copia junto con el presupuesto y la factura. Revisa que la factura indique el tipo aplicado y que el desglose sea coherente con lo presupuestado.

Consulta en caso de duda

Esta guía resume la norma con carácter general. Las circunstancias concretas pueden cambiar el tipo aplicable, y la normativa fiscal puede modificarse. Ante cualquier duda, consulta con la Agencia Tributaria o con un asesor fiscal antes de firmar.

Esta guía tiene carácter informativo y general. Cada caso requiere la valoración de un profesional; en cuestiones legales, fiscales o de seguros, consulta la normativa vigente o a un asesor.

Preguntas frecuentes

¿Una comunidad de propietarios paga IVA del 10 % al impermeabilizar la azotea?

Puede aplicarse el 10 % si el edificio es mayoritariamente de viviendas y se cumplen los demás requisitos, como la antigüedad y el límite de materiales. Conviene que la empresa y el administrador lo verifiquen.

¿El IVA reducido se aplica a una segunda residencia?

La norma habla de viviendas destinadas a uso particular, lo que en general incluye segundas residencias de uso propio. Si la vivienda está afecta a una actividad empresarial, como un alquiler turístico gestionado como negocio, la situación puede ser distinta. Consulta tu caso concreto.